SINOPSIS
El libro que tiene en sus manos es el fruto escrito de la duodécima edición de las Jornadas Concursales de Vitoria- Gasteiz.
Continuador de su carácter práctico, aborda cuestiones necesitadas de rápida solución.
Comenzando por las patologías a que conduce la defectuosa regulación del concurso sin masa, afronta (y resuelve) la depuración de responsabilidades del administrador y liquidador (de hecho, o de derecho) de la masa residual, la actuación exigible a los socios y al órgano de administración tras recibir la notificación del auto de conclusión por insuficiencia de masa o cómo superar el bloqueo por enfrentamiento de facciones paritarias cuando ha de aprobarse el balance final de liquidación.
El crédito público, siempre presente en la insolvencia, pero en distintas formas (subvenciones, crédito ICO o expedientes de derivación de responsabilidad) no puede faltar en nuestro estudio. Como tampoco los costes y las costas del procedimiento concursal, eterna asignatura pendiente: difíciles de concretar y, en ocasiones, difíciles de cobrar.
El tiempo tiene una notable incidencia en todo procedimiento, pero aún más en el marco del concurso. Pero siempre se ha descuidado el aspecto relativo a cómo opera, si de alguna forma, la prescripción dentro del concurso, tanto en lo relativo a los créditos contra la masa, como en los créditos concursales, principalmente tras el dictado de la sentencia de aprobación del convenio.
La presente obra concede su importancia a los problemas actuales de la liquidación, que no se han evaporado por mucho que haya desaparecido el plan de liquidación y el auto que lo aprobaba. Los problemas siguen ahí, muchos de ellos sin resolver.
La exoneración del pasivo insatisfecho absorbe porcentualmente una parte muy relevante de los actuales concursos. Pero la calidad de su regulación es inversamente proporcional a su importancia. Cada día surgen nuevas dudas y tenemos que proponer nuevas soluciones. Abordamos, por ello, la problemática de la reserva de dominio sobre los vehículos, la situación de los créditos preteridos, de los no olvidados, pero no comunicados y del sobrante del crédito hipotecario cuando la ejecución es posterior a la concesión de la exoneración.
Y finalizamos con la nueva especie invasora del hábitat concursal, los planes de restructuración, aún tan necesitados de una jurisprudencia nacional que vaya matizando los elementos extranjerizantes.
En fin, una obra de consulta constante, más destinada a permanecer siempre abierta que a reposar calladamente sus lomos en una estantería.
FORMATO
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