SINOPSIS
Los derechos constitucinales deben ser disfrutados efectivamente por todas las personas con independencia de su edad, pero hay barreras reales que deben removerse. La normativa internacional ofrece un sustento importante, aunque está a medio desarrollar. Para el análisis de la discriminación por edad debe tenerse en cuenta un elenco de conceptos y el sesgo que tiene de discriminación de estereotipo. Está cobrando cada vez más relieve la doctrina del TJUE, que parte de que el derecho a la no discriminación por edad ha alcanzado un rango muy importante en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. La conexión fuerte entre edad y pobreza exige revisar las políticas públicas y abordar los principales problemas en el campo de la Seguridad Social y de la Asistencia Social. Asimismo hay que tener en cuenta las situaciones de discriminación múltiple en las que la edad se conjuga, entre otras, con la discapacidad o con el sexo. El estudio del empleo y del acceso a bienes y servicios en relación con este tema se hace muy necesario, así como de las vinculaciones entre edad, extinción del contrato de trabajo y apartamiento de la vida activa. Pero también hay que considerar los problemas de acceso al mercado de trabajo y desarrollo profesional de las persoas jóvenes. Y la crítica de la negociación coledtiva, con sus repercusiones, se enfoca en términos de gran interés.