La nueva publicación de este libro, que tuvo su edición inicial en 1955, esto es, hace ya más de cincuenta años, plantea ahora un problema de alguna entidad porque ocurre que el autor, al comenzar hace menos de un año una nueva regulación legal de uno de los temas a que la obra se refiere, se ha creído obligado a rectificar una posición que en el libro se sostiene, por cierto la que más éxito había tenido en el plano normativo.
Lo significativo para esta edición es que se critica la solución que había postulado en este libro, concretamente en cuanto al tema de la reintegración" del dominio público perturbado por posesión del particular, problema al que se refiere el segundo de los estudios incluidos en el libro y el dictamen del Consejo de Estado de 14 de diciembre de 1949 (del que el autor había sido redactor). Se incluye un "Apéndice III. Inscripción registral y facultades de recuperación posesorias de la Administración".
Para el autor es motivo de alegría el que este libro, por sus tesis o por las contratesis que en sí mismo han surgido, pueda aún ser considerado de utilidad, según el criterio de los lectores que lo han mantenido vivo durante ya más de medio siglo.