SINOPSIS
De un tiempo a esta parte, la incorporación de la perspectiva de género a nuestros sistemas de Justicia se ha convertido en necesidad incontestable. Atrás quedan –o deberían quedar– las falaces ideas de que el Derecho es neutro, objetivo. Nada más lejos de la realidad: los ordenamientos jurídicos son fruto de las sociedades que los han creado y, en lo que al interés de este trabajo respecta, si éstas son heteropatriarcales y androcéntricas, también lo serán sus normas. De este modo, no sólo obviarán los intereses de los grupos en situaciones de vulnerabilidad –en este caso, de las mujeres–, sino que reforzarán los privilegios de quienes ostentan el poder.
FORMATO
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