Hace año y medio la Ley 5/2012, de 6 de julio, reguló la mediación en asuntos civiles y mercantiles, cumpliendo el mandato que años atrás impuso la Directiva 2008/52/CE, de 21 de mayo. Una de las grandes novedades de la misma fue la conformación del acuerdo de mediación, homologado judicialmente o elevado a escritura pública, como título ejecutivo. En principio dicha configuración no tenía nada de especial; el problema proviene del hecho de atribuir naturaleza jurisdiccional a dicho título ejecutivo, incluso cuando el mismo es elevado a escritura pública.
Esa ficción legal, que lleva a ejecutar cualquier tipo de acuerdo de mediación por la vía establecida para los títulos jurisdiccionales, plantea no pocos problemas. El presente libro analiza precisamente aquellos aspectos del proceso de ejecución que requieren de un tratamiento específico debido a la singularidad del título en cuestión.
Temas controvertidos como la necesidad o no de pagar tasa judicial para solicitar la ejecución del acuerdo, la extensión del control judicial para despachar ejecución, la fijación del dies a quo del cómputo de los plazos de espera y caducidad o la amplitud de la oposición a la ejecución, son tratados y resueltos en la presente obra.