La relación del ciudadano con la Administración, enmarcada dentro del tradicional equilibrio entre privilegios y garantías que impregna todo el Derecho Administrativo, tiene una de sus principales manifestaciones en la institución del silencio administrativo.
Si bien la actuación silente constituye una actuación patológica de la Administración, contraria a la genérica obligación de resolver todos los procedimientos administrativos, la configuración que del silencio administrativo hace la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dota al ciudadano de los mecanismos de garantía necesarios para que pueda inferir ante la ausencia de respuesta por parte de la Administración la estimación de sus pretensiones o, en caso contrario, su rechazo, pudiendo aquél, en este caso, hacer valer el sistema de recursos como mecanismo de defensa.
La regulación del silencio administrativo se erige así en un mecanismo de aplicación transversal en la legislación de derecho administrativo, predicable en todos los sectores de la actividad pública. Esta obra constituye una exposición práctica y manejable de la institución del silencio como forma de terminación anormal de los procedimientos administrativos, abordando el estudio de su concepto, naturaleza y supuestos, desde un enfoque práctico basado en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo.