SINOPSIS
Se afronta la determinación del régimen jurídico del suelo que queda fuera del proceso urbanizador, partiendo de su caracterización con cada vez más presenten elementos de protección ambiental, para ofrecer una visión general sobre lo que ordenamiento establece respecto de los usos y actividades que en este suelo pueden realizarse, así como de los mecanismos que se articulan en nuestro ordenamiento y por la jurisprudencia en orden a su protección.
- Estudio del suelo no urbanizable, también denominado rústico o rural.
- Exposición de la regulación estatal y autonómica respecto de sus usos y actividades.
- Repercusión de valores ambientales en el suelo no urbanizable y la jurisprudencia.
Destinado a expertos en derecho urbanístico, responsables de las distintas Administraciones públicas y, en general, cuantos profesionales realicen actividades en esos ámbitos.
Extracto:
A partir de la caracterización del suelo no urbanizable, se ofrece una aproximación a su régimen jurídico, lo que implica atender tanto a la legislación estatal básica como a la autonómica en este ámbito, que aporta soluciones asimétricas. Se estudia el régimen de protección que se establece, en el que prima con especial intensidad la presencia de valores ambientales, lo que tiene reflejo tanto en la legislación como en la más reciente jurisprudencia.
LOS DIEZ ESENCIALES es una ambiciosa propuesta de Editorial Aranzadi: se trata de agrupar en ese número de pequeñas monografías los contenidos principales de cuestiones nucleares en nuestro ordenamiento jurídico.
La décima entrega de Los Diez Esenciales de Aranzadi es el libro titulado Caracterización y elementos de protección del régimen del suelo no urbanizable, rústico o rural.
En el libro se aborda el estudio del suelo no urbanizable, también denominado rústico o rural. A tal fin y partiendo tanto de la legislación básica estatal como de la distinta y asimétrica legislación autonómica, se estudian los instrumentos que nuestro ordenamiento establece para preservarlo, lo que es determinante de su estatuto jurídico.
Estudiada la caracterización de este suelo, después, atendiendo a lo que se establece en las distintas Comunidades Autónomas, se ofrece una visión general lo más aproximada posible a su régimen jurídico, esto es, a lo que el ordenamiento establece respecto de los usos y actividades que en este suelo pueden realizarse. Para ello, o a tal fin, distinguiremos como hace el legislador, tanto estatal como autonómico, entre el régimen del suelo no urbanizable especial o protegido y el que denominamos genérico.
La distribución de competencias en este ámbito, que permite afirmar la existencia de tantos ordenamientos urbanísticos como Comunidades Autónomas, así como la incidencia que tiene también una muy variada legislación sectorial, constituyen elementos que introducen gran complejidad en el régimen del Suelo no urbanizable.
Asimismo, la cada vez más acusada presencia de valores ambientales por cuya protección apuesta decididamente nuestro legislador, no solo se proyecta sobre ámbitos sectoriales conexos, como el relativo a los espacios naturales protegidos, sino también en la jurisprudencia. Esta ha sido la que ha dado contenido a un principio recientemente positivizado y que ha encontrado en la protección del suelo no urbanizable, en preservarlo, un campo de actuación ciertamente significativo: el principio de no regresión.
Cada una de las diez monografías sigue la misma estructura:
- Una exposición sencilla e introductoria del correspondiente núcleo temático.
- Los Anexos que se considere pertinente (datos estadísticos, infografías, materiales, esquemas, selección normativa o jurisprudencial, etc.).
La observancia de un mismo esquema y estilo debe permitir que se identifique claramente el librito como perteneciente a “Los 10 esenciales de Aranzadi”. A tal fin el método las preguntas y repuestas quiere garantizar la exhaustividad y abordaje franco, directo, de los problemas suscitados.
Al frente de la Colección está Alberto Palomar Olmeda, responsable de su diseño y selección de las personas encargadas de acometerla.
FORMATO
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